Panamá aplicará ITBMS del 7 % a servicios digitales extranjeros
- agosto 21, 2026
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Aplicación del 7 % de ITBMS a servicios digitales desde el exterior, explica el MEF
Panamá establece el mismo impuesto para plataformas digitales extranjeras que para el comercio local
Contexto y definición del impuesto
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) de Panamá aclaró los detalles sobre la aplicación del Impuesto de Transferencia de Bienes Muebles y Servicios (ITBMS) del 7 % a los servicios digitales ofrecidos desde el exterior. Esta medida busca equiparar el tratamiento fiscal entre comercios nacionales y plataformas digitales internacionales, como servicios de streaming y compras en línea.
El ITBMS es un impuesto vigente en Panamá que se aplica a la mayoría de las transacciones de bienes y servicios dentro del país. Antes de esta regulación, muchas plataformas digitales extranjeras no cobraban este impuesto, generando una diferencia en la competencia con comercios establecidos localmente.
Obligaciones para las plataformas digitales
Según el MEF, las empresas transnacionales que ofrecen servicios digitales en Panamá deben registrarse ante la Dirección General de Ingresos, cumplir la normativa tributaria local y aplicar el ITBMS del 7 % en cada venta. Esta obligación no exime a ninguna plataforma que brinde servicios en territorio panameño.
El impuesto se calcula y cobra directamente sobre el servicio digital, sin que el consumidor deba realizar trámites adicionales. El objetivo es que todas las ventas de bienes y servicios en Panamá se rijan por las mismas reglas fiscales.
Impacto regional y comparación de tarifas
Aunque Panamá introduce esta medida, el MEF destaca que la tasa del 7 % se mantiene como una de las más bajas en la región. Para ponerlo en perspectiva, Chile y Colombia aplican un 19 %, Perú un 18 % y México un 16 % en impuestos equivalentes sobre servicios digitales.
Esta armonización fiscal responde a un ordenamiento tributario más amplio que busca fortalecer los ingresos públicos para financiar servicios esenciales y programas sociales, como la exoneración del ITBI para la compra de la primera vivienda de hasta 120,000 dólares.
Transparencia y comunicación al público
El MEF reafirma su compromiso con un sistema tributario claro y equitativo, e informa que mantendrá a la ciudadanía actualizada sobre los alcances y fechas de entrada en vigor de esta iniciativa. La medida no implica la creación de un nuevo impuesto ni el aumento de la tasa vigente, sino la extensión de su aplicación a nuevos actores económicos.
Resumen
Panamá implementa la aplicación del ITBMS del 7 % a plataformas digitales extranjeras para igualar el campo fiscal con el comercio nacional. Esta medida no incrementa la carga tributaria, sino que obliga a las empresas digitales internacionales a tributar conforme a la legislación local. A nivel regional, la tasa panameña sigue siendo competitiva en comparación con otros países de América Latina.
Para más información sobre el sistema tributario panameño y sus políticas, puede consultarse la página oficial del Ministerio de Economía y Finanzas de Panamá. Asimismo, para entender el contexto global de la tributación digital, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) ofrece análisis y recomendaciones relevantes.
Finalmente, para una visión general sobre impuestos indirectos como el ITBMS, la Wikipedia presenta definiciones y comparativas internacionales.
Fuente de la imagen: https://www.tvn-2.com/nacionales/aplicacion-servicios-7-por-ciento-itbms-digitales-exterior-mef_1_2256899.html







